jueves, 9 de septiembre de 2010

Ley 23.849 – Día del Niño - ¿Una Ley con trampa?!!!....

Historia e intereses

La Declaración de los Derechos del Hombre fue aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa (1789) y es uno de los documentos fundamentales de la Revolución francesa. Establece los principios que serán la base de la legitimidad de la nueva sociedad capitalista en manos de la burguesía: la DEMOCRACIA. Condena los principios, las instituciones y las prácticas del Antiguo Régimen y declara como derecho imprescriptible del hombre la "resistencia a la opresión", pero no se refiere a la condición de las mujeres o la esclavitud (que necesitan unos cuantos años más para ingresar en ella).
En este marco y en el ceno de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), luego de la Segunda Guerra Mundial, el 20 de noviembre de 1959 se aprobó la Declaración de los Derechos de los infantes y en 1989 se sancionó la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Por ello la ONU celebra el Día Universal del Niño el “20 de noviembre”.
Argentina adhiere a la Declaración de los derechos del niño mediante la Ley Nº 23.849 de Protección Integral de la Niñez, la Adolescencia y la Familia, que fue promulgada (1990) y tiene rango constitucional al incorporarse en la Reforma de la Constitución Nacional, en Santa Fe (1994). También a las provincias (por esto del federalismo) les llevó un tiempo incluirla en su legislación, y en Chubut se realizó mediante la ley 4347 de 1997 (a más de 200 años de la Revolución Francesa).
Por razones comerciales y porque los países adhirieron a ella en distintas fechas, la celebración del “Día del Niño” no se realiza el mismo día en todos ellos.
Argentina lo festejaba el primer domingo de agosto, pero como podía caer a principios de mes, cuando muchos padres todavía no han cobrado el sueldo y las ventas de juguetes disminuyen, se celebra (desde 2003) el segundo domingo de agosto. Casualmente coincide aproximadamente con el pago de medio aguinaldo…?!!!
A poco de leer los artículos de la Ley 23849, podemos observar que reconoce los derechos que el niño debe tener pero los subordina a las “posibilidades” que los Estados “tienen” (según los fondos que “destinan”) para ponerlos en práctica. ¿Quiere decir que están sujetos a las leyes del mercado?... Si pensamos que nuestro Estado es dependiente de los intereses del capital internacional y privilegia los intereses económicos de los capitalistas trasnacionales y nacionales sobre los intereses del resto de la población…nunca tendrá posibilidades económicas para aplicarlos.
En nuestro país, el hombre (el niño y su familia) está sometido a las leyes de oferta y demanda, por lo cual “se asume” la existencia de una gran mayoría de sus habitantes como “clase más desprotegida” sin derecho real a la equidad e igualdad de posibilidades. Los gobiernos nunca destinarán los esfuerzos ni los fondos necesarios para dicha clase social, puesto que los funcionarios son: representantes de…y funcionales a…los sectores de poder económico que no cederán sus privilegios por propia voluntad. De esta manera, toda campaña de defensa de los derechos del niño es solo una pose internacional y un engaño para aquellos que nunca se toparon de frente con la miseria y la injusticia social más cruda.
Los estamos viendo hoy desesperados ante suaves medidas de “redistribución de las riquezas”, algunas recuperaciones de las empresas del estado privatizadas años atrás, raquíticos planes sociales de “inclusión” a través de fondos que son aportados por los propios trabajadores, que ha ejecutado o intenta establecer el gobierno de Cristina Fernández. Todos proyectos y medidas que ocultan la verdadera cara de la exclusión y marginación de los niños y sus familias con el único objeto de conseguir sus favores a la hora de votar y evitar los posibles intentos por liberarse de esta situación.

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